La Dirección General de Tráfico (DGT) ha comenzado a tramitar la Orden Ministerial por la que se modifica la actual regulación sobre los pesos y dimensiones de los vehículos de transporte de mercancías, que incrementará la altura a 4.5 m para determinadas especialidades de transporte y autorizará los megacamiones.
Además de la circulación de vehículos de transporte a 4’50 metros de altura en el caso de los transportes portavehículos, vehículos grúa de asistencia en carretera y transporte de contenedores en régimen de transporte multimodal, actualmente permitidos, la propuesta se amplía a camiones rígidos de más de 18 toneladas, tales como trenes de carretera y vehículos articulados, siempre que su carrocería sea adaptable. De esta manera no podrán incrementar la altura los vehículos frigoríficos, los vehículos cisterna y los de caja cerrada. Sin embargo, los vehículos de transporte con la nueva altura no estarían autorizados para realizar transporte internacional con dicha altura, al no permitirlo la actual Directiva Europea reguladora de los pesos y dimensiones en transporte internacional.
Para poder circular, los megacamiones deberán tener una autorización especial expedida por la DGT en la que se establecerán las vías permitidas. La autorización sólo se concederá si el recorrido total supera los 150 kilómetros.
Por otro lado, la Orden Ministerial descarta la introducción del aumento del tonelaje de los actuales vehículos articulados y trenes de carretera a 44 toneladas.