El Gobierno defiende el uso de camiones de 60 tn y 25,25 m, beneficiando a éstos en la última modificación del Reglamento publicado en el BOE.
Esta propuesta se publicó el pasado 23 de diciembre y modifica el anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
A efectos prácticos, está modificación da luz verde a la entrada en España de los ‘megatrucks’ de 25,25 m de longitud y 60 tn de MMA, aunque aquellos transportistas que los utilicen deberán tener un permiso especial por la DGT, o por los Departamentos de Tráfico de Cataluña y País Vasco, en la que se establecerá las condiciones de circulación de dicho transporte.
Para el ejecutivo, esto es un avance significativo en materia de transporte, que unido a la mejora de las infraestructuras, conseguirá una mayor eficiencia, velocidad y además de una significativa reducción de la contaminación con CO2
Esta medida en otros países europeos “ha demostrado” que no tiene una implicación negativa en los accidentes de tráfico sino que, por el contrario, “reducen la exposición al riesgo” al disminuir el número de vehículos en circulación.
Según Fenadismer, además de la autorización por parte del conductor, los megacamiones deberán realizar un recorrido mayor a 150km, además el recorrido por carreteras convencionales no podrá superar los 50km. También el motor deberá corresponder a la categoría medioambiental Euro y el vehículo deberá ir equipado con determinados elementos de seguridad.
Desde Anfac , Asociación Nacional de Fabricantes de Automóviles y Camiones estiman que la introducción de los megatrucks supondrá un beneficio de 700 millones de euros anuales para la sociedad española.
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