El Gobierno a través del Ministerio de Fomento, ha publicado en el BOE el procedimiento para las subvenciones destinadas a la formación en relación con el transporte por carretera. La convocatoria de estas ayudas queda bajo la competencia del secretario general de transporte, por delegación del secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
Las solicitudes alcanzarán una cuantía máxima de 3.843.000 euros, la misma que en 2014 y 2015 y deberán dirigirse al Director General de Transporte Terrestre, siendo realizado el otorgamiento en régimen de concurrencia competitiva.
Los plazos de presentación de solicitudes serán un mes después de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y el plazo y resolución del mismo será seis meses después desde la fecha de publicación de la convocatoria.
La solicitud debe acompañarse de presupuesto detallado, descripción del contenido de los cursos o seminarios, memoria explicativa y justificativa y colectivo al que van dirigidos.
En cuanto al abono, podrá realizarse con carácter inmediato cuando se presente el resguardo acreditativo de la constitución de una garantía ante la Caja General de Depósitos a disposición de la Dirección General de Transporte Terrestre por el importe total de la subvención.
El principal requisito a tener en cuenta por la Administración será que el beneficiario forme parte del Comité Nacional del Transporte por Carretera, entidad que recibirá gran parte de las cantidades disponibles. Un 10% de los fondos irán destinados a beneficiarios que no formen parte del Comité Nacional de Transporte.
Cada propuesta será estudiada y se ponderarán criterios de valoración como la adecuación de los temas al interés público del sector, el volumen de acciones y la forma de ejecución.