Entre las novedades más destacadas de la nueva Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, LOTT, que ha sido publicada en el BOE el 5 de julio de este año, está la posibilidad de que un transportista subcontratado pueda denunciar al cargador inicial en caso de que el intermediario que contrató al primero no le pague sus servicios, en lo que se denomina “acción directa”.
Al parecer la “acción directa”, por la que los transportistas subcontratados pueden cobrar sus deudas directamente, es la que mayor controversia despierta en el sector de cargadores y operadores en la reformada LOTT, ya que para algunos no está bien definida.
Sin embargo, está claro que en el marco de esta reforma, los cargadores buscan empresas serias, y ya no contratan a cualquiera, a fin de evitar problemas posteriores. Es importante que tanto cargadores, como operadores y transportistas trabajen con cierta garantía o certificación que respalde su actividad.
Esta no es una situación que plantea en exclusiva la Ley española, en países como Francia, por la Ley Gayssot, el porteador puede llevar a cabo la acción directa por impago del servicio contra el cargador y el destinatario, quienes son garantes del pago del porte.
Lo importante con este aspecto de la ley, es que todos serán responsables de todo, por lo que el trabajo se realizará de manera más seria y profesional, mejorando además la competitividad del transporte de mercancías por carretera.
Otros aspectos que varían con la LOTT son la reducción de la gravedad de algunas sanciones, rebajándose ciertos importes entre un 20% y un 30%, y bajando además el importe de la sanción por pago voluntario hasta el 30%, con un plazo para el pago que pasa de 15 a 30 días.